|
REGLAMENTO CONCURSO OFICIAL
CARNAVAL DE LAS
PROMESAS 2010
“¿NOMBRE
DEL CONCURSO?”
Capítulo I – De la
Organización
Artículo 1º -
La
División
Turismo
de la Intendencia Municipal de Montevideo, a través de
la Unidad de Festejos y Espectáculos, promueve la
realización del “Concurso Oficial de Agrupaciones
Infantiles 2010 Carnaval de las Promesas” en adelante
Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas.
El
mismo comenzará con el Desfile Oficial a llevarse a cabo
el día domingo 20 de diciembre de 2009 por la Avenida 18
de Julio desde la Plaza Independencia, hasta la Plaza
Cagancha y continuará en lugar
a definir, desde el 26 de diciembre del 2009
hasta el 14 de enero de 2010, en un todo de acuerdo con
lo estipulado en la presente reglamentación.
Las
normas que regirán dicho Concurso, estarán encuadradas
dentro de las disposiciones de la Constitución de la
República, de las Leyes Nacionales y Decretos u
Ordenanzas Municipales, especialmente en lo referente a
la protección del menor.
La
Administración
del Concurso será responsabilidad de la Asociación de
Directores del Carnaval de las Promesas, en adelante
A.DI.CA.PRO.
Capítulo II –
Directores Responsables
Artículo 2º -
Director es la persona o personas, con dieciocho )18)
años de edad cumplidos, que asumen la responsabilidad de
cada agrupaión, a los efectos de su presentación en el
Concurso Ofiial del Carnaval de las Promesas efectuando
su inscripción en los Registros la Unidad de festejos y
Espectáculos de la División Turismo.
Artículo 3º -
En
caso de representar a Instituciones o Entidades con
Personería Jurídica, el Director Responsable del
conjunto deberá acreditar su condición de tal, pudiendo
otorgar la División Turismo la autorización pertinente
manteniendo la potestad de revocarla en caso de
constatar cualquier tipo de anomalía, por infracción o
incumplimiento de obligaciones, pudiendo la División
actuar por si o ante denuncia de terceros. Dichas
Resoluciones serán notificadas a los interesados.
Capítulo III – La
Propiedad de las Denominaciones
Artículo 4º -
La
denominación de las Agrupaciones pertenecerá a quien o
quienes últimamente las hayan registrado, permitiéndose
su transferencia temporal o definitiva de común acuerdo
de las partes. Una vez presentada la solicitud de
inscripción correspondiente, no se permitirá la
transferencia del título durante ese año, aunque por
causa justificada, se permitirá un agregado de
propietarios mediante la oficialización ante
A.DI.CA.PRO., por nota y firma del Presidente y
Secretaría, conjuntamente con el Director responsable.
Artículo 5º -
Si
se produjera la desaparición física del titular de la
Agrupación, sus herederos mediante la presentación de la
documentación respectiva, adquirirán plenos derechos
para la utilización o transferencia del título mediante
la autorización de A.DI.CA.PRO. y con la firma de un
Escribano Público.
Artículo 6º -
Cuando los titulares de una agrupación sean dos (2)
personas o más, y una de ellas negare la autorización
correspondiente para su utilización, la misma no podrá
ser usada hasta tanto no exista acuerdo.
Artículo 7º -
No
se autorizará la utilización de denominaciones de
conjuntos que tengan similitud on otros ya registrados y
que puedan inducir a equívocos acerca de su identidad.
Artículo 8º -
En
caso de cuestionamiento relativo a una denominación o su
titularidad, la División Turismo no autorizará la
utilización del mismo hasta que se pronuncien los
Organismos correspondientes de la Intendencia municipal
de Montevideo. Los reclamos que se realicen fuera de la
órbita de la Intendencia Municipal de Montevideo, no
impedirán la utilización del título.
Capítulo IV – De la
Inscripción
Artículo 9º -
Los
interesados en participar en el Concurso Oficial del
Carnaval de las Promesas, deberán registrarse en la
División Turismo, Unidad de Festejos y Espectáculos,
mediante una solicitud de inscripción, indicando la
categoría en la cual se desea intervenir y adjuntando
los datos completos del Director Responsable (Nombres y
Apellidos, Domicilio y Cédula de Identidad) y
autorización del instituto del Niño y el Adolescente del
Uruguay (INAU).
Los
conjuntos interesados en participar en este Concurso,
podrán optar por los siguientes géneros: Sociedades
de Negros y Lubolos, Revistas, Parodistas, Murgas,
Humoristas o Escuelas de Samba.
El plazo de Inscripción será:
Desde el lunes 14 (catorce), al viernes 25
(veinticinco) de septiembre del año 2009 en la
Unidad de Festejos y Espectáculos en el 3er Piso del
Palacio Municipal, en el horario de 12:30 a 17:30 horas.
Artículo 10º -
En
el momento de la inscripción, cualquiera sea en la
categoría que se desea intervenir, conjuntamente con la
solicitud respectiva, los Directores Responsables de los
Conjuntos deberán presentar los recaudos que se indican
a continuación:
1)
Certificado de Buena Conducta del o los Directores
Responsables, expedido por la Jefatura de Policía de
Montevideo, la que lo deberá remitir a la División
Turismo.
2)
Autorización por escrito de todos los padres o tutores
de los menores que integran el Conjunto.
3)
Un
original y tres copias del repertorio en papel simple,
escrito a máquina o computadora, de un solo lado de la
hoja, debidamente foliado, en los que deberán indicarse
los nombres de los autores y la constancia de recibido
expedida por el INAU, los que podrán ser presentados
hasta el día 11 (once) de diciembre del año 2009.
4)
Un
juego de fichas personales, indicando los datos
completos de los componentes, especificando: nombre,
cédula de identidad y función que cumple en el conjunto,
adjuntando fotocopias de las cédulas de identidad
respectivas (frente y reverso). El personal técnico se
registrará con Nombre y Apellido, Cédula de Identidad,
especificando la tarea a realizar.
5)
Documento que acredite la representación de una
institución, cuando se actúa en tal carácter.
6)
Declaración jurada del Director, Letrista (todas las
categorías), Músico (solo lubolos) que todo lo
presentado sea inédito y no estando registrado hasta el
momento de su representación por otros.
7)
Aval
de A.DI.CA.PRO.
Podrán participar como componentes de los distintos
conjuntos en el Carnaval 2010, todos los niños y
jóvenes que hayan nacido entre los años 1991 y 2004
inclusive.
El
integrante registrado en dos (2) o más conjuntos,
quedará automáticamente eliminado, no pudiendo
actuar en ningún conjunto en dicha temporada.
No
se permitirá que integrantes, fuera de la nómina
presentada, actúen ya sean en off o grabaciones de
ningún tipo. No se autorizará la presencia de animales
en el escenario.
Se
considerará como integrante del conjunto, a toda aquella
persona que mediante su presencia física en escena,
tenga intervención directa de la misma por medio de la
actuación. No se considerará componente a quien accione
escenografía móvil o efectos especiales detrás de
bambalinas, tal es el caso de los utileros los cuales no
podrán ser menores de dieciocho años.
Capítulo V – Del
Control de los Repertorios
Artículo 11º -
Los
espectáculos del Concurso Oficial del Carnaval de las
Promesas se regirán por las normas que respecto a la
libertad de expresión tienen las demás actividades
culturales.
Podrá recurrirse a las “mechas”, con el fin de
“enriquecer” la representación, siempre y cuando las
mismas no alteren sustancialmente el espectáculo ni
modifiquen el argumento.
Si
el tenor de estas “mechas” produjera una violación de
las normas legales vigentes, la responsabilidad absoluta
recaerá en él o los Directores Responsables.
No
se autorizará lo registrado en cualquier soporte
fílmico, grabado, en cintas de CD u otro medio escrito.
En caso de denuncia de violación a este Artículo 43º, se
deberá probar con los registros inscriptos en AGADU,
Biblioteca Nacional o el Organismo Público y Privado que
realice dichos registros.
El
jurado del concurso oficial eliminará a aquellos
conjuntos que no cumplan con la presente disposición.
Capítulo VI – Las
Categorías
Artículo 12º -
Sociedades de Negros y Lubolos
Constituyen una relación libre de las manifestaciones
Afro Uruguayas con sus traes, cantos y bailes típicos,
evocando los orígenes Afro y su devenir natural y
acompasado a la actualidad en vestimenta, coreografía y
temática, sin perder la esencia conceptual del candombe
y su evolución, no limitando la creación artística y su
fusión argumental y musical. El espectáculo se
desarrollará bajo el signo predominante del tambor,
aunque se admitirá la utilización de hasta otros seis
(6) instrumentos musicales, fuera de los de
percusión.
Las
letras y la música de los temas serán inéditas, debiendo
regirse por la definición “inédita” contenida en el
artículo 43º, excepto en su marcha o despedida final del
conjunto, que podrá utilizar el canto y la música
tradicional del conjunto. Pudiendo transmitir la
evolución necesaria, natural y acompasada en cuanto a
letras, músicas y a su entorno actual Los tambores
podrán utilizar tensores, pero queda terminantemente
prohibido la utilización de parches de “nylon” o
similares. Es decir, solamente se utilizará lonja.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una
(1) vedette promesas la cual deberá tener entre
cinco y diez años, un (1) escobero; un (1)
gramillero; una (1) mama vieja; seis (6) bailarinas,
quienes danzarán acompañando los cuadros que se
representen; dos (2) portabanderas; un (1)
portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna; un
(1) cantante y nueve (9) tamborileros. Se puede
contar con un (1) bailarín, pero no es
obligatorio.
Se
constituirán con un mínimo de treinta (30) y un
máximo de sesenta y cinco (65) componentes.
Estos integrantes deberán representar como mínimo
siete (7) edades. Sus actuaciones en el Concurso
Ofricial tendrán una duración mínima de treinta (30)
minutos y un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 13º -
Revistas
La
categoría Revistas debe constituir una expresión
artística integral de libre creación, conceptualmente
imaginativa, tendiente a la diversión. Sin perjuicio de
su característica de libre creación, se entiende que una
Revista prioriza la alegría, la música y el baile, como
así también el destaque de la figura femenina.
Podrán utilizarse músicas grabadas, siempre que éstas
contribuyan a enriquecerla ejecución en vivo.
Armonizará coreografías, vestimenta, bailes, música,
orquestaciones, canciones y parlamentos con marcada
alegría, en una sucesión de cuadros enlazados que eviten
la interrupción del espectáculo, dotándolo de
continuidad y dinamismo Estos cuadros alternarán lo
artístico con lo divertido dentro de un clima alegra y
colorido, así como una fina técnica revisteril. Las
letras serán inéditas. Las melodías musicales podrán ser
inéditas. El cuerpo de baile estará integrado por
bailarines de ambos sexos y no será obligatorio el
cambio de vestuario para los integrantes de los coros.
Componentes: mínimo dieciocho (18), máximo treinta y
cinco (35). Estos integrantes deberán representar como
mínimo siete (7) edades.
Sus
actuaciones tendrán una duración mínima de treinta y
cinco (35) y un máximo de cuarenta y cinco (45) minutos.
Artículo 14º -
Parodistas
Esta
categoría deberá parodiar el argumento de obras,
historias de hechos y/o personas de público y notorio
conocimiento, en una imitación burlesca, realizada en
tono jocoso, pudiendo en determinados pasajes del
espectáculo, tener matices dramáticos, según la
propuesta de cada conjunto.
Para
desarrollar su espectáculo cada conjunto de parodistas
deberá: Cantar, realizar bailes y coreografías, usar
vestuario, utilizar maquillaje, hacer una o varias
parodias dentro del mismo.
Los
cuadros de presentación y despedida serán optativos de
cada conjunto y, en caso de realizarse, podrán ser o no
parodias.
Componentes: mínimo dieciocho (18), treinta y dos
(32) máximo.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete
(7) edades.
Sus
actuaciones en el Concurso Oficial de Carnaval de las
promesas tendrán una duración mínima de treinta y
cinco (35 minutos y un máximo de cuarenta y cinco (45)
minutos.
Artículo 15º -
Murgas.
Es
la manifestación artística que refleja el sentir de los
uruguayos.
La
crítica, la sátira, la jocosidad y la ironía son los
pilares en que se sustenta, apostando fundamentalmente a
la risa.
El
vestuario será alegre y colorido y el rostro deberá
lucir maquillaje, distingue a la Murga la mímica, la
pantomima, la vivacidad, el movimiento, el contraste, la
informalidad escénica y lo grotesco, la sincronización
de movimientos se conceptuará válida si esta diera
brillantez al espectáculo y no atentara contra la
idiosincrasia de la murga.
Los
instrumentos esenciales serán el platillo, bombo y
redoblante, pudiendo utilizarse libremente otros
instrumentos en carácter de apoyo.
Componentes: mínimo diecisiete (17) máximo
veintinueve (29). Estos integrantes deberán representar
como mínimo siete (7) edades.
Sus
actuaciones en el Concurso Oficial de Carnaval de las
Promesas tendrán una duración mínima de treinta (30)
minutos y un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 16º -
Escuelas de Samba.
Constituyen una recreación de la música folklórica de la
República Federativa del Brasil, pudiendo fusionarse, en
música y temática con otros ritmos americanos.
El
espectáculo deberá contar con una temática y
desarrollarse con un hilo argumental obligatorio.
Los
personajes representativos de la categoría (pasistas,
porta bandera), deberán ser acompañados por un tema
musical cantado.
Dicho espectáculo se desarrollará bajo el signo
predominante de la batería, pudiendo adicionar hasta
otros seis (6) instrumentos musicales o pistas de música
grabadas admitiendose solo uno que oficie de metrónomo.
Será
obligatorio incuir un mínimo de seis (6) temas entre los
cuales solamente uno podrá ser interpretado en
portugués.
El
cuerpo de Baile estará conformado por personas de ambos
sexos, siendo oglibatorio el cambio de vestimenta por lo
menos en tres oportunidades.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una
(1) vedette promesas, la que deberá tener entre 5 y 10
años; un (21) animador; un (1) portabandera; una (1)
bahiaza; un (1) cantante y cinco (5) integrantes en la
batería con sus elementos de percusión.
Componentes: Mínimo veinticinco (25) máximo cincuenta
(50).
Estos integrantes deberán representar como mínimo
siete (7) edades.
Tendrán una duración mínima de treinta (30) minutos y
un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 17º -
Humoristas
Esta
categoría se basará en la libre comicidad de escenas,
situaciones o personajes no pudiendo basarse en
argumentos de una obra literaria, hecho o suceso real.
Podrán utilizarse una creación jocosa única o plantearse
varios cuadros con pequeños intervalos muy ágiles,
enmarcados siempre en una faz cómica.
El
estilo literario determinante deberá reflejar la
facultad creativa y el ingenio de descubrir y presentar
cuadros, personajes, situaciones, sucesos y actos con
características incongruientes y absurdas en donde
predomina el humor, la sátira, la picardía y la
jocosidad, dentro de una tónica de fina expresión
escénica.
Deberán utilizar canciones y música, esta podrá ser
interpretada por los propios integrantes, o en su
defecto utilizando pistas.
Estos conjuntos estarán integrados por un mínimo de
dieciséis (16) y un máximo de veintinueve (29)
componentes. Estos integrantes deberán representar
como mínimo siete (7) edades.
Sus
actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial del
Carnaval de las Promesas tendrán una duración mínima de
veinticinco (25) minutos y una máxima de treinta y
cinco (35) minutos.
Capítulo VII – De la
Prueba Evaluatoria
Artículo 18º -
La
Prueba
Evaluatoria
para el Carnaval 2010 se realizará desde el día 10 hasta
el día 17 de Octubre del año 2009,
en la Rural del Prado (entrada
por Buschental) a partir de las 20 horas.
Las etapas de la Prueba Evaluatoria se conformarán
mediante SORTEO, a realizarse en la sede de
A.DI.CA.PRO., por el Presidente del Jurado, su
secretario y el delegado de los conjuntos, entre todos
los inscriptos, el día 29 de septiembre de 2009, a las
20 horas, en instancia abierta para los directores,
componentes y prensa.
El resultado del mismo no admitirá cambios de ninguna
índole.
Artículo 19º -
Deberán presentarse a la Prueba Evaluatoria para el
Carnaval 2010:
TODOS
LOS CONJUNTOS INTERESADOS EN PARTICIPAR DEL CONCURSO
OFICIAL.
Artículo 20º -
Se establece especialmente que, a los efectos de lograr
una adecuada evaluación del nivel artístico de los
conjuntos interesados en llegar al Concurso Oficial, el
Jurado requerirá para cada categoría los siguientes
tiempos:
REVISTAS Y PARODISTAS: Mínimo 20 minutos – máximo 25
minutos.
MURGAS, LUBOLOS Y ESCUELAS DE SAMBA: Minimo 18 minutos –
Máximo 23 minutos
HUMORISTAS: Mínimo 15 minutos - Máximo 20 minutos.
En ese tiempo deberán presentarse (como mínimo)
los siguientes segmentos del espectáculo proyectado:
REVISTAS: Tres (3) cuadros, con participación de
solistas, coro, coreografías y bailes.
PARODISTAS: Un (1) tema cantado, con coreografías y
bailes, y 12 minutos de parodia.
HUMORISTAS: Un tema cantado, con coreografías y bailes,
y 8 minutos de humorada.
MURGAS: Presentación, 10 minutos de couplé o popurri y
parte final de la despedida.
LUBOLOS: Tres cuadros con canto, coreografías y baile,
donde se presenten los personajes típicos (gramilleros,
mamas viejas y escoberos) y la presentación de: la
cuerda de tambores, dos (2) portabanderas, un (1)
portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna.
ESCUELA DE SAMBA: Tres cuadros con canto, coreofrafías y
bailes con la presentación de los personajes típicos
(portabanderas, bahiana y pasistas).
EL TIEMPO DE ACTUACIÓN en la prueba de evaluación en
todas las categorías será CONTROLADO ESTRICTAMENTE, y el
incumplimiento del mismo generará, para los conjuntos
que superen la prueba, la sanción con descuento de
puntaje en la primera rueda del Concurso Oficial, tal
cual lo estipula el Art. Nº 46 de este reglamento.
Artículo 21º -
Durante la Prueba Evaluatoria no se permitirá
utilizar vestuario ni escenografía. Solamente se
permitirán pequeños accesorios para la identificación de
personajes.
Artículo 22º -
Los
conjuntos que se presenten a la Prueba de evaluación y
superen la misma, no podrán eliminar en sus actuaciones
durante el Concurso Oficial lo presentado en la citada
prueba.
Quedarán amparados en los plazos que se establezcan para
completar y ajustar sus repertorios para el Concurso
Oficial. Lo mismo se aplica para la nómina de
componentes.
Articulo 23º -
El
jurado evaluante, será designado por Director de la
División Turismo de la IMM y estará integrado por: un
funcionario municipal el cual oficiará de Secretario del
Cuerpo, y 6 (seis) miembros de acuerdo al siguiente
detalle:
a)
Un
Presidente, que ordenará y fiscalizará las tareas del
cuerpo, haciendo cumplir el reglamento de la Prueba
Evaluatoria en todos sus términos, así como realizar lo
necesario para la unificación de criterios en el trabajo
del mismo, previo al inicio del certamen.
b)
Ser
responsable de la comunicación del Jurado con los
diferentes conjuntos, así como con la prensa, dado que
los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de
efectuar declaraciones durante la realización de la
Prueba.
c)
Disponer los procedimientos que aseguren el correcto
funcionamiento del sistema utilizado y la realización de
la Prueba.
d)
Deberá ingresar una vez aplicadas, las sanciones que
signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el
mismo en el puntaje total de la primera rueda del
Concurso Oficial.
e)
En
caso de ausencia de alguno de los Miembros Titulares,
ocupará su lugar.
f)
Deberá, junto al secretario y al Delegado de ADICAPRO,
trasladar la urna que contiene los puntajes al lugar
asignado para su depósito bajo llave entre jornada y
jornada, así como antes de cada etapa, de regreso al
lugar del concurso.
g)
Dar
lectura de todas y cada una de las boletas de
calificación correspondiente a cada participante al
final del certamen y hacer publico el resultado final.
b. Cinco miembros, que evaluarán la actuación de cada
uno de los participantes, votando por sí o por no sobre
los merecimientos para participar del Carnaval 2010 de
cada uno de los conjuntos.
Los
miembros del Jurado actuarán en forma independiente
entre sí, votando en forma individual, secreta y de
inmediato al término de cada actuación en una boleta
donde constará el nombre del Conjunto, la Categoría, la
fecha, y el voto que mereció su participación. Cada
boleta deberá ser colocada en un sobre el cual será
entregado al Presidente o Secretario del Cuerpo, quien
procederá a introducir los cinto sobres en un sobre de
mayor tamaño, cerrándolo y firmándolo al dorso, dejando
establecido en la cubierta el nombre del Conjunto.
Dichos sobres serán guardados en total garantía en una
urna especialmente habilitada al efecto.
El resultado surgirá de la suma de votos de cada
conjunto haya obtenido, utilizándose el sistema de
MAYORÍA SIMPLE, para establecer la clasificación o no al
Concurso Oficial 2010.
Artículo 24º-
El fallo de la Prueba Evaluatoria se dará a conocer en
la I.M.M., el día domingo 18 de Octubre a partir de las
20 horas, podrán estar presentes en las mismas, las
mpersonas que el DIRECTOR de TURISMO designe en su
representación, el delegado de ADICAPRO para el Concurso
Oficial y la prensa debida y anticipadamente acreditada.
Artículo 25º-
Todos los conjuntos que superen la Prueba Evaluatoria
podrán participar del Concurso Oficial 2010.
EL FALLO DEL JURADO ES INAPELABLE.
Capitulo VIII – Del
Jurado del Concurso Oficial
Artículo 26º -
El
jurado del Concurso Oficial del “Carnaval de las
Promesas”, estará integrado por un (1) Presidente,
cinco (5) Miembros titulares
y un (1) Secretario, designados por el director de
la División Turismo de la Intendencia Municipal de
Montevideo.
El
Presidente deberá tener amplios conocimientos sobre el
Carnaval de las Promesas y no podrá estar vinculado a
ningún Conjunto del Mismo, ni haberlo estado en los
últimos tres (3) años.
La
designación de los Miembros del Jurado podrá recaer en
personas que representan a Instituciones Públicas y/o
Privadas vinculadas a la Cultura, las que deberán poseer
reconocida solvencia técnica, moral y amplios
conocimientos sobre el Carnaval, no pudiendo tener
vinculación directa con los Conjuntos participantes del
Carnaval de las Promesas, ni haberlo estado en los
últimos tres (3) años.
El
Funcionario Municipal designado por el Director de la
División Turismo, oficiará de Secretario Administrativo
del Cuerpo, en caso de ausencia temporal o definitiva
del Presidente, asumirá dicho cargo, pudiendo ser
designado un nuevo funcionario para cumplir las tareas
que anteriormente le correspondían a este.
A.DI.CA.PRO designará un representante que oficiará de
delegado ante los Directores Responsables de los
Conjuntos participantes y el Presidente del Jurado, con
el único fin de establecer los contactos que sean
necesarios entre las partes.
Artículo 27º - Serán
deberes del Presidente:
a)
Hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en
todos sus términos.
b)
Ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado así como
realizar lo necesario para la unificación de criterios
en el trabajo del mismo previo al inicio del certamen.
c)
Ser
responsable de la comunicación del Jurado con los
diferentes conjuntos, así como con la prensa, dado que
los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de
efectuar declaraciones durante la realización del
Concurso.
d)
Disponer los procedimientos que aseguren el correcto
funcionamiento del sistema utilizado y la realización de
los escrutinios correspondientes.
e)
Deberá ingresar una vez aplicadas, las sanciones que
signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el
mismo en el puntaje total de conjunto al término de cada
rueda.
f)
En
caso e ausencia de algunos de los Miembros Titulares,
ocupará su lugar.
g)
Deberá, junto al secretario y al Delegado de
A.DI.CA.PRO, trasladar la urna que contiene los puntajes
al lugar asignado para su depósito bajo llave entre
jornada y jornada, así como antes de cada etapa, de
regreso al lugar del concurso.
h)
Emitir los listados correspondientes a los conjuntos que
clasifiquen para la Liguilla.
i)
Dar
lectura de todas y cada una de las boletas de
calificación correspondiente a cada participante al
final del certamen y hacer público el resultado de cada
categoría.
Artículo 28º - Será
responsabilidad del Delegado de A.DI.CA.PRO_
a)
Hacer conocer al Presidente del Jurado cualquier
inquietud que algún o algunos Directores Responsables
deseen evacuar.
b)
Controlar el cumplimiento del horario preestablecido
para que el Conjunto que termina de actuar retire todos
sus elementos y entregue el escenario vacío al siguiente
concursante e Informar de ello al Presidente del Jurado.
c)
Convocar al o a los Directores Responsables toda vez que
el Presidente del Jurado lo solicite.
d)
Entregar las pistas utilizadas por los concursantes al
Presidente o al Secretario del Jurado, inmediatamente
después de culminar la actuación.
e)
Recibir dos (2) copias de las notificaciones (sanciones,
solicitudes, respuestas, etc.) que cupieran durante el
desarrollo del concurso, y entregarlas, una al conjunto
involucrado y otra a A.DI.CA.PRO.
f)
Recibir y trasladar al Presidente del Jurado cualquier
denuncia hecha por algún concursante, oralmente en forma
inmediata y por escrito 24 horas después.
g)
Deberá, junto al Presidente del Jurado y al secretario,
trasladar la urna que contiene los puntajes al lugar
asignado para su depósito bajo llave entre jornada y
jornada, así como antes de cada etapa, de regreso al
lugar del concurso.
h)
Estar presente en el recinto donde se lleven a cabo los
pasajes a la Liguilla y el escrutinio final y recibir
ambos fallos en nombre de A.DI.CA.PRO.
Artículo 29º -
Los
miembros del Jurado actuarán en forma independiente
entre si, calificando en forma individual, secreta y de
inmediato al término de cada actuación, en la
Computadora allí instalada y programada a tales efectos.
Dicha computadora otorgará los coeficientes previstos
para cad rubro y emitirá una boleta donde constará el
nombre del Conjunto, la Categoría, la fecha, y el
puntaje que mereció su participación. Cada boeta deberá
ser colocada en un sobre el cual será entregado al
Presidente o al Secretario del Cuerpo, quien procederá a
introducir los cinco
sobres en un sobre de mayor
tamaño, cerrándolo y firmándolo al dorso, dejando
establecido en la cubierta el nombre del Conjunto y la
Rueda de competencia.
Dichos sobres serán guardados con total garantía en una
urna especialmente habilitada al efecto.
Artículo 30º -
Los Miembros del Jurado establecerán el puntaje
valorando el espectáculo como tal, tomando en cuenta los
aspectos fundamentales de cada Categoría, el ingenio, la
creatividad, la originalidad, la calidad artística y el
nivel cultural por encima del lujo y la magnificencia.
En la asignación de puntaje, se tomarán como elementos
negativos el mal gusto y la procacidad.
Capítulo IX – DEFINICIÓN DE LOS RUBROS
Artículo 31º -
El Jurado para actuar, deberá estar integrado por
cinco (5) Miembros,
los que calificarán en los siguientes Rubros:
VISION GLOBAL DEL ESPECTACULO:
Se deberán evaluar los espectáculos en su totalidad,
como producto final, considerando los aspectos
fundamentales de cada categoría y su esencia
carnavalera.
A la vez, se tendrá en cuenta el grado de creatividad y
originalidad desarrollado, considerando todo aporte
creativo como un elemento indispensable para la
renovación y evolución constante de cada categoría.
Por el contrario, la reiteración de fórmulas y lugares
comunes en el planteo de los espectáculos puede ir en
desmedro de la valoración del mismo.
En las murgas,
la sátira y la crítica volcada en sus cuplés, la
estética y la energía que transmiten sus presentaciones
y retiradas.
En los negros y lubolos, el desarrollo de su
temática tomando al tambor como un elemento predominante
junto a la presencia de sus personajes típicos y el
destaque de sus bailarinas y sus vedettes al ritmo del
candombe.
En los parodistas, el nivel de sus parodias,
tanto en la efectividad de sus partes cómicas, como en
los climas creados en las partes dramáticas.
En los humoristas, la efectividad en materia de
risas y el entorno creativo con que se las busca,
En revistas, el desarrollo de su temática, la
calidad de su cuerpo de baile, sus solistas y actores,
En las escuelas de samba, el desarrollo de su
temática, la calidad de su cuerpo de baile, su batería
yla dinámica que le imprime su animación.
TODOS LOS JURADOS CALIFICARÁN LA VISIÓN GLOBAL DEL
ESPECTACULO
JURADO Nº 1 – VOCES, MUSICALIDAD Y ARREGLOS CORALES:
Este jurado entenderá en todo lo atinente a la expresión
musical de cada conjunto.
Se tendrán en cuenta las especificidades del rubro, no
solamente en si mismas, sino además evaluándolas en el
contexto del espectáculo presentado, y de acuerdo a las
características de la categoría en la que se participa.
Se tendrá en cuenta:
En lo que respecta a voces:
rendimiento, claridad y afinación del coro ejecutante,
así como también de las voces solistas, prevaleciendo el
trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones
individuales. También se considerará la claridad para la
comprensión de los textos.
En lo relativo a musicalidad:
se tendrá en cuenta todo el entorno musical que rodea al
espectáculo, la variedad de las músicas, los matices,
los riesgos asumidos, awsí como los climas logrados
acordes al espectáculo.
Todas las categorías pueden utilizar música “en vivo”.
En caso de optar por el uso de pistas grabadas, aceptada
en varias categorías, no se podrán incluir en ellas
voces humanas o registros que emulen a estas, o que
sirvan de apoyo o complemento a las voces o arreglos
interpretados en vivo.
En cualquiera de los casos se tendrá en cuenta el ajuste
y la coordinación entre los elementos que integran la
parte musical del conjunto.
En lo que respecta a arreglos corales:
deberá primar la creatividad de los mismos, así como
también la variedad y originalidad de los arreglos.
En el caso específico de este concurso, y por darse
frecuentemente la situación de que el arreglador coral
es un no componente adulto se evaluará también la
capacidad de realización del arreglo a los efectos de su
comprensión por parte de los componentes, y por tanto de
su integración total y armónica al espectáculo llevado
adelante por niños.
Este jurado calificará en la 1ª Rueda en todas las
categorías en una escala de 4 a 48 puntos.
1 a 12 en voces
1 a 12 en musicalidad
1 a 12 en arreglos corales
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la LIGUILLA en todas las
categorías en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en voces
1 a 15 en musicalidad
1 a 15 en arreglos corales
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 2 – TEXTOS, INTERPRETACION Y
COMUNICACIÓN:
Textos:
Este jurado evaluará los valores literarios de todos los
textos utilizados por los conjuntos.
Dichos textos serán considerados en relación a:
·
Las definiciones y características de cada una de las
categorías:
esto implica que los textos de cada uno de los conjuntos
deben ser elaborados en base a lo que se considera en el
presente reglamento que debe ser una murga, revista,
parodistas, lubolo, escuela de samba o humorista.
A la vez, se tendrá en cuenta el grado de creatividad y
originalidad desarrollado en los textos a partir de la
definición de cada categoría, considerando todo aporte
creativo como un elemento indispensable para la
renovación y evolución constante de cada categoría. Por
el contrario, la reiteración de fórmulas y lugares
comunes en el planteo de los espectáculos puede ir en
desmedro de la valoración del planteo textual.
·
La coherencia o adecuación entre el texto y la capacidad
interpretativa y la edad de los intérpretes:
en este aspecto, se evaluará el texto en función de la
posibilidad de los integrantes del conjunto de poder
interpretar y comprender el texto planteado.
Esto supone la consideración, al momento de la
evaluación, del tipo de temáticas planteadas en el
texto, así como también de la forma en que las mismas
fueron llevadas al texto y desarrolladas en el mismo
para luego pasar a la acción en el escenario.
·
El manejo de los códigos propios del carnaval dentro de
un marco de creatividad, comicidad y alegría:
se considera que, de un modo otro, todos los
espectáculos del carnaval deben apuntar a la alegría y
diversión que caracterizan a esta fiesta popular. Por lo
tanto, se tomará en cuenta la capacidad del texto de
lograr la comicidad y la diversión a través del manejo
de la sutileza, la picardía y el doble sentido por sobre
lo grosero y lo soez que serán elementos considerados
como negativos para la evaluación de los textos.
Interpretación:
Se considerará la interpretación como el componente más
relevante de este rubro, puesto que supone la evaluación
de los integrantes de los conjuntos, verdaderos
protagonistas del carnaval de las promesas.
En este sentido, al evaluar la interpretación este
jurado tendrá en cuenta:
·
El trabajo colectivo por sobre el individual,
teniendo en cuenta que los destaques individuales deben
estar planteados en función del trabajo grupal.
·
La calidad interpretativa de los participantes,
teniendo en cuenta que la espontaneidad y la diversión
deben ser elementos constitutivos fundamentales de la
labor artística desarrollada en el escenario.
Comunicación:
·
La capacidad de comunicación desarrollada por los
intérpretes y obtenida por el espectáculo en su
totalidad,
tanto por una clara y efectiva interpretación del
planteo de textos, como también por el logro de la
comicidad, la alegría y la diversión entre el escenario
y el público.
Este jurado calificará en la 1ª Rueda en todas las
categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en textos
1 a 12 en interpretación
1 a 12 en comunicación
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la LIGUILLA en todas las
categorías en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en textos
1 a 15 en interpretación
1 a 15 en comunicación
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 3 – BAILES, COREOGRAFÍA Y MOVIMIENTO ESCENICO.
El rubro tiene tres subdivisiones que están en estrecha
relación una con otra así como con los otros rubros en
todas las categorías.
Si bien cada sub rubro se evaluará por separado, estas
evaluaciones serán siempre en relación a la PROPUESTA
ARTÍSTICA PRESENTADA, entendiendo que en el hecho
artístico escénico se debe dar la combinación de todas
las artes involucradas en el mismo en forma integral y
no de manera aislada.
Bailes:
Se evaluará la integración y convicción del movimiento y
de la máscara, la correcta ejecución de las
coreografías, la interpretación y comunicación y la
interrelación grupal.
Coreografía
La coreografía está constituida por todos los momentos
coreográficos del espectáculo.
Se evaluará la originalidad y la creatividad con que se
traduce en un lenguaje corporal con códigos
diferenciados y especiales el mensaje deseado.
Se valorará especialmente que este lenguaje corporal
esté acorde a las posibilidades de ejecución del elenco,
ya sea en el despliegue de virtuosismo físico y de
técnicas altamente codificadas, en el desarrollo
vertiginoso de coordinación y ritmos complejos, en
danzas populares codificadas, en vocabularios expresivos
abstractos (expresión corporal), en pantomima, etc.
Movimiento escénico:
Se refiere a los movimientos que realizan los
componentes de la murga con los códigos gestuales de la
misma y al manejo escénico del humorista en el marco del
personaje interpretado.
Se evaluará la convicción, el espíritu murguero y la
comunicación del goce y la alegría con que lo realice el
equipo, así mismo en los humoristas de acuerdo a las
situaciones planteadas.
En el resto de las categorías se habrá de evaluar el
“dominio” escénico de los diferentes actores de acuerdo
a las situaciones que la puesta del espectáculo
requiera.
Este jurado calificará en la 1ª Rueda en las categorías:
PARODISTAS, REVISTAS, HUMORISTAS, ESCUELAS DE SAMBA Y
LUBOLOS: en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en bailes
1 a 12 en coreografía
1 a 12 en movimiento escénico.
1 a 12 en visión global
MURGAS:
en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en movimiento escénico
1 a 12 en puesta en escena
1 a 12 en comunicación
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la LIGUILLA en las categorías:
PARODISTAS, REVISTAS, HUMORISTAS, ESCUELAS DE SAMBA Y
LUBOLOS: en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en bailes
1 a 15 en coreografía
1 a 15 en movimiento escénico
1 a 15 en visión global
MURGAS: en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en movimiento escénico
1 a 15 en puesta en escena
1 a 15 en comunicación
1 a 15 en visión global
JURADO 4º - INTERPRETACION, MOVIMIENTO ESCENICO Y
PUESTA EN ESCENA:
Interpretación:
Se considerará la interpretación como el componente más
relevante de este rubro, puesto que supone la evaluación
de los integrantes de los conjuntos, verdaderos
protagonistas del carnaval de las promesas.
En este sentido, al evaluar la interpretación, este
jurado tendrá en cuenta:
·
El trabajo colectivo por sobre el individual,
teniendo en cuenta que los destaques individuales deben
estar planteados en función del trabajo grupal.
·
La calidad interpretativa de los participantes,
teniendo en cuenta que la espontaneidad y la diversión
deben ser elementos constitutivos fundamentales de la
labor artística desarrollada en el escenario.
Movimiento escénico:
Se refiere a los movimientos que realizan los
componentes de la murga con los códigos gestuales de la
misma y el manejo escénico del humorista en el marco del
personaje interpretado.
Se evaluará la convicción, el espíritu murguero y la
comunicación del goce y la alegría con que lo realice el
equipo, así mismo en los humoristas de acuerdo a las
situaciones planteadas.
En el resto de las categorías se habrá de evaluar el
“dominio” escénico de los diferentes actores de acuerdo
a las situaciones que la puesta del espectáculo
requiera.
Puesta en escena:
En la puesta en escena se evaluará ingenio, creatividad
y originalidad en cuanto a la claridad en la traducción
al ámbito escénico de las situaciones propuestas, la
utilización del y/o los espacios escénicos propuestos y
los matices en las dinámicas de las escenas.
Este jurado calificará en la 1ª Rueda en todas las
categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a
12 en interpretación
1 a
12 en movimiento escénico
1 a
12 en puesta en escena
1 a
12 en visión global
Este jurado calificará en la LIGUILLA en todas las
categorías, en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a
15 en interpretación
1 a
15 en movimiento escénico
1 a
15 en puesta en escena
1 a
15 en visión global
JURADO Nº 5 – VESTUARIO, MAQUILLAJE Y
AMBIENTACIÓN:
El maquillaje yt el vestuario forman una unidad. Juntos
convierten al integrane del grupo en un personaje de un
espectáculo. Deben ser coherentes y están al servicio de
comunicar al público un discurso acerca del espectáculo.
El personaje (integrante del grupo vestido y maquillado)
con su sola presencia debe poder constituirse en un
discurso expresivo, claro y comprensible, al servicio
del espectáculo y el grupo.
La realización material de la unidad vestuario-traje
debe ser creativa, original, buscando caminos
innovadores. Si un solo vestuario cubre con todas las
necesidades del espectáculo y éste no se desmerece por
ello, esa simplicidad y eficacia será considerada
positivamente.
Los elementos agregados como complemento al vestuario y
al maquillaje se evaluarán positivamente siempre y
cuando correspondan al discurso del espectáculo y
resulten recursos que lo desarrollen mejor. No deben
entorpecer el espectáculo con utilería no funcional.
Cada elemento usado debe poder justificarse en la
propuesta del espectáculo.
Con idéntico criterio se evaluará todo elemento
adicional al maquillaje (prótesis, látex, etc)
Deben resultar armoniosos y funcionales.
El uso de elementos reciclados en la fabriación del
vestuario y el maquillaje se evalúa positivamente.
El alto valor de los materiales empleados no determina
la puntuación. Es más valorado el que se logren buenos
efectos sustituyendo la inversión económica por el
talento creativo.
Es el resultado lo que se evalúa y no su costo.
En resumen, éstas son las características buscadas en el
VESTUARIO-MAQULLAJE:
-
Resultar una creación original
-
Armonizar con el sentido del espectáculo
-
Comunicar al público infantil el sentido de la propuesta
-
Contribuir a comunicar el sentido del espectáculo
-
Poseer coherencia, armonía y eficacia
-
Ser práctico y justificado
-
Lograr reformular materiales reciclados
Para la evaluación de la ambientación se antepondrán la
coherencia, la originalidad y la eficacia al recrear el
entorno adecuado del espectáculo propuesto, a través de
elementos escenográficos y el aprovechamiento de la
iluminación por encima de la calidad “mobiliaria”, el
lujo y la magnificencia.
Este jurado calificará en la 1ª Rueda en todas las
categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a
12 en vestuario
1 a
12 en maquillaje
1 a
12 en ambientación
1 a
12 en visión global
Este jurado calificará en la LIGUILLA en todas las
categorías, en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a
15 en vestuario
1 a
15 en maquillaje
1 a
15 en ambientación
1 a
15 en visión global
Artículo
32º - SISTEMA DE PUNTAJE
Al puntaje otorgado por el Jurado se lo multiplicará por
un coeficiente pre-.establecido según la prevalencía
considerada para cada uno de los rubros en las
diferentes categorías.
Dicho coeficiente o multiplicación se establece en la
computadora en el mismo instante en que recibe la
puntuación original de cada Jurado.
Para mejor entender detallamos a continuación la tabla
con los coeficientes a aplicar al puntaje dado por el
Jurado:
INCIDENCIA EN TODAS LAS
CATEGORÍAS
RUBROS 45%
VISION GLOBAL 55%
|
PARODISTAS |
|
REVISTAS |
|
MURGAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Voces |
5 |
Voces |
5 |
Voces |
7 |
|
Musicalidad |
2 |
Musicalidad |
2 |
Musicalidad |
4 |
|
A. Corales |
2 |
A. Corales |
2 |
A. Corales |
3 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Textos |
5 |
Textos |
5 |
Textos |
7 |
|
Interpretación |
3 |
Interpretación |
3 |
Interpretación |
3 |
|
Comunicación |
4 |
Comunicación |
4 |
Comunicación |
2 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Bailes |
5 |
Bailes |
6 |
Movimiento Escénico |
3 |
|
Coreografía |
4 |
Coreografía |
5 |
Puesta en Escena |
2 |
|
Movimiento Escénico |
2 |
Movimiento Escénico |
2 |
Comunicación |
2 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Interpretación |
3 |
Interpretación |
3 |
Interpretación |
3 |
|
Movimiento Escénico |
2 |
Movimiento Escénico |
2 |
Movimiento Escénico |
3 |
|
Puesta en Escena |
5 |
Puesta en Escena |
3 |
Puesta en Escena |
3 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Vestuario |
1 |
Vestuario |
1 |
Vestuario |
1 |
|
Maquillaje |
1 |
Maquillaje |
1 |
Maquillaje |
1 |
|
Ambientación |
1 |
Ambientación |
1 |
Ambientaciçon |
1 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
HUMORISTAS |
|
E. DE SAMBA |
|
LUBOLOS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Voces |
3 |
Voces |
4 |
Voces |
4 |
|
Musicalidad |
1 |
Musicalidad |
7 |
Musicalidad |
7 |
|
A. Corales |
1 |
A. Corales |
2 |
A. Corales |
2 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Textos |
8 |
Textos |
4 |
Textos |
4 |
|
Interpretación |
4 |
Interpretación |
2 |
Interpretación |
2 |
|
Comunicación |
4 |
Comunicación |
4 |
Comunicación |
4 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Bailes |
3 |
Bailes |
6 |
Bailes |
6 |
|
Coreografía |
2 |
Coreografía |
4 |
Coreografía |
4 |
|
Movimiento Escénico |
3 |
Movimiento Escénico |
2 |
Movimiento Escénico |
2 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Interpretación |
4 |
Interpretación |
2 |
Interpretación |
2 |
|
Movimiento Escénico |
3 |
Movimiento Escénico |
2 |
Movimiento Escénico |
2 |
|
Puesta en Escena |
6 |
Puesta en Escena |
3 |
Puesta en Escena |
3 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Vestuario |
1 |
Vestuario |
1 |
Vestuario |
1 |
|
Maquillaje |
1 |
Maquillaje |
1 |
Maquillaje |
1 |
|
Ambientación |
1 |
Ambientación |
1 |
Ambientación |
1 |
|
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Visión Global |
11 |
Artículo 33º - ESCALAS
DE PUNTAJE
La
escala de puntaje que surja de la suma de las
calificaciones otorgadas en las actuaciones de cada
grupo, deberá reflejar el órden de méritos que cada
jurado haya estimado que tienen los diferentes
espectáculos en el rubro que le ha tocado calificar, a
lo largo de la realización de TODO EL CONCURSO OFICIAL.
Artículo 34º -
El
Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas 2010 se
habrá de realizar con:
a)
Una
primera rueda con TODOS los conjuntos habilitados por
este reglamento en cuanto a clasificación en la Prueba
Evaluatoria.
b)
Una
LIGUILLA con XX conjuntos
que clasifiquen de acuerdo a la forma de disputa
establecida.
Artículo 35º -
Los
lugares de la LIGUILLA, se ocuparán con aquellos
Conjuntos que sin tener en cuenta a qué categoría
pertenecen, hayan obtenido los mejores puntajes en
VISIÓN GLOBAL en la primera rueda.
Al
término de la primera Rueda, mediante la autorización
del Presidente del Jurado, en instancia pública junto
con el delegado de A.DI.CA.PRO, se darán a conocer los
nombres de los Conjuntos que accederán a la LIGUILLA,
mediante un listado emitido por la computadora, y
ordenado alfabéticamente por Categoría, desconociéndose
los puntajes de los mismos.
En
caso de empate entre dos o más Conjuntos en el último
lugar habilitado para acceder a la LIGUILLA, accederán a
la misma TODOS los Conjuntos que se encuentren en esa
posición.
Se
establece que, aquellos Conjuntos que hayan actuado en
el Concurso Oficial en los dos (2) últimos días de la
primera rueda y clasifiquen a la Liguilla, no podrán
actuar en la misma hasta la tercera etapa.
FALLO FINAL
Inmediatamente de concluida la actuación del último
Conjunto de la última etapa de la LIGUILLA, el Jurado
conjuntamente con los funcionarios que la División
Turismo designe a tal efecto, al delegado de A.DI.CA.PRO.
y un Escribano Municipal, que labrará el acta
respectiva, se reunirán a efectos de emitir el fallo
final, en presencia de la prensa oral, escrita y
televisiva debidamente acreditada.
De
inmediato se procederá a la apertura de la urna, se
contarán los sobres, clasificándolos por categoría y por
nombre de Conjunto.
Acto
seguido se procederá a la apertura de los sobres,
contabilizando lo dictaminado por cada uno de los
Jurados, en planillado de clasificación que a tales
efectos proporcionará la División Turismo.
Las
boletas de clasificación, fiscalizadas y contabilizadas,
serán guardadas sin sufrir alteración de ninguna índole,
a efectos de un eventual contralor posterior.
EL
RESULTADO FINAL, SERÁ EL PRODUCTO DE LA SUMATORIA DE LOS
PUNTOS DE LA PRIMERA RUEDA Y LA LIGUILLA.
EL
FALLO DEL JURADO SERÁ INAPELABLE.
Todos los grupos que deseen participar del Concurso
Oficial del año 2011 deberán presentarse a la prueba de
evaluación para obtener su ingreso al mismo.
Capítulo X – Las
actuaciones en el Concurso Oficial
Artículo 36º -
Las
agrupaciones estarán obligadas a participar en los
espectáculos del Concurso Oficial, toda vez que sean
citadas a tal efecto por resolución del Jurado, de no
hacerlo, quedarán automáticamente eliminadas del mismo.
En
la LIGUILLA, los Conjuntos que hayan clasificado deberán
presentare con los mismos elementos que lo hicieron en
la Primera Rueda del Concurso Oficial. De no hacerlo
serán plausibles de una sanción de hasta el cien por
ciento (100%) del premio de acuerdo a la gravedad de la
falta.
Artículo 37º -
En
cada etapa se hará un listado de la programación para
conocimiento de los Directores Responsables de los
Conjuntos, indicándose día y hora en que deberán estar
presentes en el local donde se efectúe el Concurso.
Además se procederá por parte de A.DI.CA.PRO. a la
notificación de la convocatoria a cada uno, en forma
individual y por escrito. Un funcionario designado por
la Unidad de Festejos y Espectáculos fiscalizará la hora
de llegada de los distintos Conjuntos con la totalidad
de sus componentes y el Director Responsable firmará un
Registro que acreditará la misma, aplicándose las
sanciones correspondientes si se presentara fuera de los
plazos establecidos.
Artículo 38º -
En
caso de que en una etapa queden conjuntos por concursar
debido a la suspensión por lluvia u otro motivo, pasarán
a etapas restantes. La actuación de dichos conjuntos en
las restantes etapas se realizará el día que designe el
Presidente del Jurado en acuerdo con A.DI.CA.PRO.
Artículo 39º -
El
Jurado podrá nominar para otorgar Menciones Especiales a
componentes o técnicos destacados en las distintas
categorías las que pueden ser individuales o colectivas.
Dichas nominaciones se señalarán mediante la entrega de
un diploma por parte de la I.M.M. Los nominados se
conocerán junto al Fallo del Concurso.
Los ganadores de las menciones, recibirán un trofeo por
parte de la I.M.M. y se conocerán en la ceremonia que se
desarrollará en el día y lugar que designe la DIVISIÓN
TURISMO de la I.M.M.
Artículo 40º -
La
escala de premios a adjudicarse en cada categoría, así
como los montos porcentuales de cada una de ellas, serán
previamente fijados por A.DI.CA.PRO. y se abonarán con
lo recaudado, por todo concepto, deducidos los gastos en
los espectáculos del Concurso Oficial, debiéndose dar
cuenta de ello a la División Turismo de la I.M.M.
En
caso de empate en alguno de los premios en disputa, se
sumará el importe del premio empatado o empatados y el
posterior o posteriores, dividiéndose entre los
conjuntos que igualen en puntaje.
Artículo 41º -
Durante sus actuaciones en el concurso, los conjuntos
podrán exhibir un máximo de dos (2) carteles
publicitarios, uno en cada costado del escenario, cuyas
dimensiones no excedan el metro y medio (1 ½) de ancho y
un (1) metro de alto.
También quedan autorizados a citar en off, previo a la
presentación, el nombre y la dirección de los
auspiciantes, no pudiendo sobrepasar el mensaje los
sesenta (60) segundos, dicho tiempo será computado como
de actuación.
No
se sancionará la mención de marcas o firmas
publicitarias, (“mechas comerciales”) en el repertorio
del conjunto, siempre y cuando el libreto así lo
justifique, sin alterar el normal desarrollo del
espectáculo.
Los
Conjuntos que participen del Concurso Oficial “Carnaval
de las Promesas”, no podrán participar en otros
Concursos no organizados por A.DI.CA.PRO., dentro o
fuera del Departamento, hasta que se emita el fallo de
este certamen.
El
Conjunto que no cumple con lo antes expresado, será
automáticamente eliminado del Concurso.
Artículo 42º -
Los
espectáculos del Concurso Oficial podrán ser suspendidos
por A.DI.CA.PRO. por mal tiempo u otras razones de
fuerza mayor, con una hora de anterioridad como mínimo
en relación a la hora fijada como iniciación de los
mismos.
A
partir de ese momento y por causas similares a las
establecidas, solamente el Presidente del Jurado está
facultado para suspenderlo total o parcialmente.
Capítulo XI – Las
sanciones
Artículo 43º -
Las
Agrupaciones pueden ser sancionadas por el Jurado, con
penas que se determinarán y graduarán en cada caso según
la gravedad de la infracción constatada. El Jurado
deberá sancionar a todas aquellas agrupaciones con un
descuento de puntaje o descalificar por las siguientes
causales:
a)
Exhibir letreros o efectuar menciones publicitarias más
allá de lo autorizado por el Artículo 39, tres (3)
puntos.
b)
Arrojar globos, pelotas o cualquier objeto a la platea,
durante sus actuaciones en el Concurso Oficial, tres
(3) puntos.
c)
No
ceñir sus actuaciones a los repertorios presentados en
la división Turismo y Recreación y autorizados por el
Instituto Nacional del Menor (INAME). Falta simple –
diez (10) puntos. Falta grave – DESCALIFICACIÓN.
d)
Incluir libretos no inéditos, DESCALIFICACIÓN.
e)
Incluir música no inédita (Categoría Lubolos),
DESCALIFICACIÓN
f)
En
las Categorías Sociedad de Negros y Lubolos y Escuelas
de Samba, la falta de alguno de los elementos y/o
personajes que exige el presente reglamento será
sancionado con un descuento de tres (3) puntos por
cada infracción que se constate.
Artículo 44º -
Las
llegadas fuera de horario en el que cada Conjunto sea
convocado serán sancionadas de acuerdo al siguiente
régimen:
Hasta quince (15) minutos, con descuento de tres (3)
puntos.
De
quince (15) a treinta (30) minutos, con descuento de
seis (6) puntos.
El
Conjunto que llegue con más de treinta (30) minutos de
retraso, quedará automáticamente eliminado.
Solamente se exonerará de la aplicación de esta sanción,
a las agrupaciones que en caso de concurrir con retraso
a los Espectáculos del Concurso Oficial, justifiquen
debidamente y de inmediato ante el Jurado de que tal
hecho se debió a circunstancias de fuerza mayor, las que
deberán ser debidamente certificadas e inspeccionadas.
Artículo 45º -
La
utilización de personas no inscriptas o que no posean el
permiso del Instituto del Niño y el Adolescente (INAU),
será penalizada con el descuento del cincuenta por
ciento (50%) del puntaje logrado en dicha
presentación, lo mismo ocurrirá si el conjunto se
excediera en el número de componentes o no llegara al
mínimo estipulado en cada categoría.
Artículo 46º -
Los
Conjuntos que no cumplan con los tiempos de actuación
estipulados en cada Categoría, serán penalizados con un
descuento de un (1) punto por cada minuto en más o en
menos de acuerdo a los tiempos mínimos y máximo
establecidos en este Reglamento.
El
Jurado admitirá un (1) minuto de tolerancia sobre los
tiempos máximos de cada conjunto según su categoría, a
efectos de permitir el descenso del conjunto.
El
referido minuto será señalado por el reloj instalado en
el escenario y a su finalización, el conjunto deberá
estar fuera del escenario.
Artículo 47º -
Para
sus actuaciones en el Concurso Oficial,
todos los conjuntos,
dispondrán del escenario durante (20) minutos para
preparar su espectáculo (armado de escenografía,
ubicación de micrófonos, etc.,) y de diez (10) minutos
para dejarlo libre luego de su actuación.
Estos tiempos estarán cronometrados por el Presidente
del Jurado, el Secretario, y a la vista, señalado por el
reloj instalado en el escenario.
Los
Conjuntos que no cumplan con el horario fijado para el
comienzo de su actuación o con el previsto para liberar
el escenario, serán sancionados de acuerdo al siguiente
régimen:
Por
un retraso de hasta tres (3) minutos, con el descuento
de un (1) punto.
Por
un retraso de entre tres (3) y cinco (5) minutos, con el
descuento de dos (2) puntos.
A
partir del sexto minuto de atraso, el descuento será de
un (1) punto por cada minuto.
En
el caso de que el retraso se produjera por causas ajenas
al Conjunto, el Presidente del Jurado ajustará los
horarios, manteniéndose los tiempos asignados a cada
categoría, informando inmediatamente de éstos al
Delegado de A.DI.CA.PRO. y a través suyo al Director
Responsable del conjunto por actuar.
El
control de la entrega del escenario (vacío) al siguiente
concursante en los límites establecidos será
responsabilidad del Delegado de A.DI.CA.PRO.
Artículo 48º -
En
todos los casos cada punto de sanción tendrá el
equivalente que corresponda (por los coeficientes) a la
rueda en que se aplique a saber:
Cada
punto de sanción en la 1º rueda se multiplica por doce
(12), y en la Liguilla por quince (15).
Artículo 49º -
En
caso de sanciones motivadas por otro tipo de
infracciones no previstas en este Reglamento, el Jurado
podrá aplicarlas de acuerdo a la gravedad del a
infracción.
Artículo 50º -
En
los casos que se apliquen sanciones que signifiquen
descuentos en los puntajes adjudicados, se deberá dejar
constancia de las mismas en un Acta, la cual será
firmada por cada uno de los integrantes del Jurado e
introducida en un sobre, el cual será guardado en la
urna de votaciones. El descuento de puntaje se
concretará en el momento de emitirse los fallos, tanto
para la clasificación a la LIGUILLA, como el fallo
final, restándose del total de los puntos logrados por
el Conjunto infractor, en la Rueda correspondiente.
Las
sanciones aplicadas se comunicarán de inmediato a la
División Turismo y se notificará al Director Responsable
del Conjunto infractor y a A.DI.CA.PRO.
En
todos los casos, la aplicación de la sanción será
fundada e inapelable, no siendo susceptible de recurso
de especie alguna.
Artículo 51º -
Cuando la sanción decretada signifique una suspensión
parcial o total de la Agrupación o su eliminación del
Concurso, la misma podrá ser apelada en un plazo no
mayor de setenta y dos (72) horas, a partir de su
notificación, en la División Turismo.
Capítulo XII –
Disposiciones Generales
Artículo 52º -
Todos los casos y situaciones no previstas en este
Reglamento, serán resueltos por la División Turismo, y
su asesor legal.
Artículo 53º -
Por
el solo hecho de inscribirse para participar del
Carnaval de las Promesas 201º0 (tanto para la prueba
evaluatoria, como para el Concurso Oficial), declaran
conocer y aceptar en todos sus términos lo establecido
en este reglamento.
Montevideo, mayo de 2009
|